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Política Pública de Protección a Moradores: el resultado de movimientos sociales en la ciudad

En 2014 un proceso de movilización permitió que se incluyera la protección a moradores en el artículo 573 del Plan de Ordenamiento Territorial –POT-; en 2019, luego de un proceso de participación ciudadana, se logró que además se convirtiera en el acuerdo municipal 145, y en 2021 se generó la reglamentación con el decreto 0818, mismo que la Administración Municipal actual tiene la obligación de implementar en las intervenciones urbanísticas proyectadas en la ciudad.

La Política Pública de Protección a Moradores, Actividades Económicas y Productivas – PPPMAEP-, es el resultado de diferentes procesos organizativos y movimientos en Medellín, entre ellos el Colectivo Diálogos Cruzando el Campo y la Ciudad, el Movimiento de Pobladores, el Movimiento de Laderas quienes entre otros han hecho parte de la lucha para prevenir, mitigar o impedir los efectos negativos que genera un desarrollo pensado en dinamizar negocios como el inmobiliario, constructor o de turismo, generando proyectos con obras públicas e intentando atraer la especulación económica privada sobre barrios populares con alta vulnerabilidad socio-económica.

¿Cuál es el objetivo general de esa política? 

Garantizar la protección, mejoramiento y sostenibilidad de los modos y medios de vida de los moradores, en sí la protección de las acciones que tienen los individuos y las colectividades para lograr su existencia, sostenibilidad, sustento y todas las cuestiones conectadas con su proyecto de vida. 

Esta política tiene un enfoque diferencial de derechos individuales y colectivos que compromete a los responsables de las obras a la revisión y análisis de las vulnerabilidades, situaciones y condiciones de quienes serán impactados por las intervenciones y obras de desarrollo, tanto en la zona urbana como en la rural, para mitigar las brechas sociales, económicas y ambientales.

¿Quiénes son moradores?

Son todas las personas que tiene derechos y obligaciones, habitantes de los territorios, independiente de su condición jurídica de arrendatarios, propietarios, poseedores, comerciantes o de su actividad productiva formal o informal, y que son impactados y/o afectados por una obra de infraestructura (Parques del Río Norte, Metro de la 80, ampliación de vías, metro cables, entre muchas otras). También quienes son afectados en procesos de mejoramiento integral, en situaciones de riesgo de desastre e incluso de renovación urbana.

¿Qué es el derecho de permanencia?  

Es un derecho esencial porque según esta política pública el reasentamiento de los moradores y las actividades económicas y productivas es la última opción cuando no es posible quedarse en el mismo territorio que será transformado, su aplicación tiene diferencias, de acuerdo a la normativa y las características de cada actor territorial, es decir, en el caso de los habitantes deberán ser los principales beneficiarios de las intervenciones y desarrollos. 

¿Cuáles son los hechos que la política reconoce y protege? 

Según los impactos de las intervenciones la política pública tiene establecidos unos hechos de reconocimiento que tendrían una posibilidad de reconocerse por medios materiales o económicos: la vivienda como patrimonio socio familiar y económico, independiente de la forma de la tenencia; las condiciones de habitabilidad de la vivienda y del entorno, las redes socioeconómicas establecidas, los sistemas de escala vecinal y las unidades económicas. 

De igual manera están establecidos unos hechos de protección, que son aquellos que se buscaría bajo la cobertura de las ofertas públicas: las ventajas de localización, el acceso y sostenibilidad a la oferta institucional de bienes y servicios del Estado; los procesos participativos, organizativos, sociales y comunitarios; las condiciones ambientales favorables y la producción, gestión y acceso a la información completa y oportuna. 

¿Cuál es el procedimiento para la protección de los derechos de los moradores? 

Para hacer efectivo el derecho de los moradores existe un instrumento llamado protocolo, algo así como una carta de navegación, que indica cuál es el procedimiento con el que se tendría que actuar en el antes, durante y después de las obras. Así como los roles, funciones, especificaciones y diferencias entre las instancias e interesados de cada proyecto. 

¿Dónde ampliar la información sobre la política pública?  

En el portal virtual de la Alcaldía de Medellín www. medellin.gov.co se puede encontrar con los documentos asociados a todo el proceso de la política pública.  

Vea a continuación el Foro Derecho a la Ciudad y Protección a Moradores, promovido por la Corporación Región, donde la profesora María Clara Echeverría hace una explicación completa de este instrumento

Por Redacción Periódico Mi Comuna 2

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