Escrito para la edición impresa
El presupuesto asignado para la Conuna Dos- Santa Cruz con recursos de Planeación Local y Presupuesto Participativo es de 9.972 millones de pesos para la ejecución en el año 2013.El 2 de diciembre se llevó a cabo el primer Consejo Comunal de la Comuna Dos- Santa Cruz. Este espacio como máximo orientador de la planeación participativa de los territorios, estuvo integrado por 92 líderes delegados y delegadas elegidos en las Asambleas Barriales, representantes de la Junta Administradora Local, Juntas de Acción Comunal, funcionarios del Departamento Administrativo de Planeción y de las diferentes Secretarías de despacho del Municipio de Medellín. Allí se priorizó, aprobó, decidió y distribuyó el techo presupuestal de inversión comunitaria en las diferentes comisiones temáticas ya establecidas.
En adelante los Planes de Desarrollo locales irán articulados al Plan de Desarrollo Municipal con el propósito de cualificar y fortalecer la participación ciudadana en la gestión del desarrollo de las comunas y corregimientos, De igual manera, el Departamento Administrativo de Planeación, la Secretaria de Participación Ciudadana como coordinadores, La Junta Administradora Local como instancias de planeación y los Equipos de Gestión de los cada Comuna serán los garantes de que se apliquen los enfoques poblacional, de genero, territorial y otros propios del desarrollo humano integral en los planes de desarrollo local, sectorial o zonal.
Relacionadas con el uso eficiente y transparente de los recursos del Presupuesto Participativo y demás recursos públicos o de cooperación obtenidos para el cumplimiento de los programa, proyectos y metas prioritarias orientadas a lograr una vida mejor para sus habitantes. La articulación del Presupuesto Participativo con los Planes de Desarrollo local, se hará de acuerdo al avance de los planes en cada comuna y corregimiento y se tendrán en cuenta los distintos instrumentos de planificación que hasta el momento se hayan formulado en las mismas; planes parciales, planes sectoriales especiales u otros. (acuerdo 43/ 2007- artículo 9)