Recomendados

Todas las personas tenemos derecho a la información

Contar con una información veraz y oportuna que sea transmitida por canales de comunicación de fácil acceso para las personas, hace posible el diálogo constante entre la administración pública  y la comunidad, e incentiva la participación  y la democracia.

En el mundo, la información es un derecho fundamental que permite a las personas hacer valer su democracia y participación ciudadana. Ayuda a reconocer los estamentos públicos y determinar los mecanismos de exigibilidad que se tiene como sujetos de un Estado Social de Derecho.

Por esta razón, la gestión  e intervención que los funcionarios públicos realizan en los territorios debe ser comunicada a las personas de una manera eficiente y precisa,  debido a que hace parte de la información pública a la que todos los ciudadanos tenemos derecho, así está establecido en  el artículo 20 de la constitución política de Colombia:  “se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura”.

Si bien la información es un bien público al que tenemos derecho sin   ninguna excepción o discriminación,  como ciudadanos también tenemos el deber de acompañar la gestión  de los administradores de la ciudad y el país, de  ejercer control, veeduría y seguimiento a sus acciones y de exigir claridades y respuestas a los asuntos que no sean claros.

El comunicador social y periodista Jhon Hélber Rodríguez, afirma que “cualquier información  que tenga una entidad pública o una entidad que están reguladas por el Estado son de libre acceso y todos los ciudadanos tienen derecho a conocerla en el momento en el que lo soliciten, no tiene porque mediar un requisito o un condicionamiento particular de los ciudadanos frente al acceso a esa información, en cualquier momento, cualquier ciudadano puede solicitar el acceso a esa información y el funcionario o la entidad responsable deberá garantizarla en los términos que garantiza la ley”.

Por su parte el  abogado Juan Esteban Gómez, precisa que existen varios mecanismos legales con los que se pueden hacer efectivo el derecho a la información “el derecho de petición que se encuentra consagrado en el artículo 23 de la constitución política de Colombia es el primer mecanismo para hacer efectivo este derecho, en caso de que la respuesta a dicha petición sea negada o no esté  acorde a lo consultado se acude a la acción de tutela, por ser considerado un derecho fundamental”.

Es necesario tener presente que existen casos en los que no se puede hacer uso de este derecho, por ejemplo ante las empresas privadas y la vida privada de cualquier persona, pues ellos tienen la potestad de proteger su nombre y reputación. Este derecho está fundamentado principalmente a estamentos públicos, debido a que  son de interés general de las personas.

 

anuncio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Para que estemos más cerca
¡suscríbete!
Actualizaremos nuestra información en tú correo electrónico y WhatsApp
Para que estemos más cerca
¡suscríbete!
Actualizaremos nuestra información en tú correo electrónico y WhatsApp
Este sitio utiliza cookies. Al continuar utilizando esta web, aceptas su uso. Para obtener más información, incluido cómo controlar las cookies, consulta aquí:
Este sitio utiliza cookies. Al continuar utilizando esta web, aceptas su uso. Para obtener más información, incluido cómo controlar las cookies, consulta aquí: